miércoles, 14 de mayo de 2014

LEYES SECUNDARIAS DE LA REFORMA POLÍTICA ELECTORAL, CENTRALIZAR FACULTADES ¿INVASIÓN DE ESFERAS?

El Senado de la República aprobó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales,  y la Ley General de los Partidos Políticos, ambas son parte del paquetes de normas jurídicas secundarias  que van a regular los procesos electorales federal y locales en el año 2015. Hay que reconocer que si hay avances en materia de fiscalización y transparencia hacia los partidos políticos y campañas electorales, pues el INE a través de la Comisión de Fiscalización y la Unidad Técnica de Fiscalización, serán los encargados de revisar los gastos de los institutos políticos, quedando exento en estos casos los secretos bancarios, fiduciario y fiscal. En el caso del financiamiento público local se establece el requisito de obtener la votación  valida emitida del 3%, por lo que en este asunto los partidos fueron beneficiados en lo que refiere al Estado de Jalisco, pues se contempla actualmente el 3.5%.  En materia de gastos los partidos políticos no pueden reservar la información y es accesible a los ciudadanos. En cuanto a las atribuciones del INE, concentran atribuciones que eran exclusivas de los congresos locales y los institutos electorales locales, tales como elegir y destituir a los integrantes de los institutos locales, definir la geografía electoral local (distritos locales) en base a los censos de población (INEGI). Los Magistrados de los Tribunales Electorales Locales son elegidos por el Senado de la República. El INE puede atraer la organización de determinados  procesos electorales locales por fallas graves que pongan en riesgo el proceso electoral. En lo que refiere al voto de los mexicanos en el extranjero, se contempla que puedan votar en las elecciones  de presidente de la república, gobernadores de las entidades federativas y jefe de gobierno del Distrito Federal. Las candidaturas ciudadanas tienen una serie de requisitos bastante complicados de cumplir, como el tener el 1%, 2%, y 2% respectivamente de firmas de apoyo de los ciudadanos de las demarcaciones para presidente de la república, senadores y diputados. Se puede advertir que el INE concentra muchas atribuciones que eran conferidas a los organismos locales, y la reflexión no solamente se debe centrar en si el instituto nacional va a tener la capacidad de planificación, y organización requerida, sino  en si fue un exceso del legislador el dotar de atribuciones, previamente contempladas en el  ámbito local,  al INE, es decir, ¿se invaden esferas de estados?. En primer lugar no se puede dudar de la capacidad de organización del anteriormente denominado IFE, pero es importante señalar que hay institutos locales que tienen cuadros y estructuras del servicio profesional de carrera más capacitados, como es el caso de Jalisco, si como se manejan algunas versiones, la intención era quitarle influencia en las elecciones a los gobernadores de los estados, a lo mejor hubiera sido más prudente desaparecer los institutos locales. En cuanto a  si hay invasión de esferas, un amigo comentaba  en broma, pero también en serio,  que en la practica ya no somos Estados Unidos Mexicanos, sino República Mexicana, y si la tendencia es centralizar y concentrar el poder, pues entonces solamente terminaríamos llamándonos México, en fin, tiempo al tiempo, veremos si da el resultado deseado la reforma electoral, o si como siempre, los partidos políticos terminan dándole la vuelta a las reformas por medio de  resquicios y lagunas, producto de una deficiente técnica legislativa, y/o si  a pesar de haberse efectuado las reformas constitucionales en materia electoral, para dar paso a las leyes reglamentarias, se esta perdiendo el espíritu del pacto federal.  

No hay comentarios.:

Publicar un comentario