lunes, 15 de mayo de 2023

SUBSIDIA ESTADO COMPENSACIONES A VÍCTIMAS DE DELITOS

 

Hasta por quinientas unidades y medidas de actualización entregan el gobierno federal y estados compensaciones económicas.


Por conducto de las comisiones ejecutivas de atención a víctimas en los ámbitos federal y de los estados, se repara el daño ocasionado a las víctimas para subsanar  el daño ocasionado en su patrimonio y/o gastos ocasionados por lesiones, dicha compensaciones son  accesorias.

De acuerdo con la Ley General de Víctimas en sus artículos 67 y 68, señala la responsabilidad del estado para otorgar compensaciones de forma subsidiaria, en caso de que el sentenciado no pueda pagar el monto de la reparación del daño dictado en sentencia.

Otra forma de que las víctimas puedan acceder al fondo de compensaciones, es mediante dictamen del agente del ministerio público encargado del asunto, en el que señale que no hay manera de  saber quién fue el responsable en la comisión del delito.

La Ley General de Víctimas entró en vigor el 10 de enero del año  2013, y en el mismo decreto de ley se mandató a los congresos locales, para que en un término de 180 a partir de su publicación, actualizaran sus leyes para que las víctimas pudieran acceder a la compensación económica subsidiaria por parte del estado.

Cabe mencionar que ya se cuentan con comisiones ejecutivas estatales de atención a víctimas en todas las entidades federativas del país, aunque sus leyes de atención señalan cuales son los delitos susceptibles de compensación subsidiaria por parte del estado.  

Algunos delitos por los que se dan compensaciones e manera subsidiada son:

miércoles, 14 de octubre de 2020

SUPLENCIA EN LA QUEJA DEFICIENTE EN EL RECURSO DE APELACIÓN

 

El pasado 25 de septiembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó un nuevo criterio en el que justifica que la figura de la suplencia en la queja deficiente solo aplica en los asuntos en que la víctima se encuentre en estado vulnerable de forma particular.

Con este nuevo criterio, se considera que aunque las víctimas u ofendidos de delitos, estén legitimados para interponer apelaciones en contra de sentencias  definitivas, tanto del sistema tradicional, como del sistema actual -adversarial-, los tribunales de alzada no pueden suplir la deficiencia de la queja, con la salvedad de que las víctimas u ofendidos se encuentren en estado de vulnerabilidad.

Empezaremos por entender que la suplencia en la deficiencia de la queja es una figura instaurada en el juicio de amparo,  en la cual la autoridad jurisdiccional esta obligada a interpretar o tomar en cuenta los conceptos de violación que la parte promovente no hubiera expresado en el escrito de agravios, y de los que a partir de un criterio de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cobró obligatoriedad en los tribunales de impartición de justicia en México, de tal manera que se ponían a la par los derechos de las partes en el juicio penal.  

La justificación de este nuevo criterio se basa en la igualdad procesal con la que deben de contar las partes, así como en señalar que la suplencia es una función que constitucionalmente  no le corresponde al órgano jurisdiccional y resaltan a la figura del ministerio público como un perito con experticia en el derecho penal, que tiene la responsabilidad de integrar la carpeta de investigación en el actual sistema mixto -adversarial-, así como de la responsabilidad que tuvieron al integrar la averiguación previa en el sistema tradicional -escrito, inquisitorio-.

El problema en este criterio, irradia en la sencilla razón de que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hace un análisis de escritorio, pero esto no corresponde a la realidad de los poderes judiciales en las entidades federativas del país, tan solo hay que ver el enorme rezago de asuntos penales del fuero común en todas las entidades del país en el sistema tradicional -anterior-, para advertir que los juzgados de distrito y los tribunales colegiados de circuito están ordenando la reposición en la mayoría de procedimientos por violaciones al debido proceso, esto debido a la deficiente integración de las averiguaciones previas, al parecer era un mal generalizado en todo el país, inclusive  la falta de capacitación adecuada en el nuevo sistema adversarial con características  muy técnicas, ha ocasionado la revocación de resoluciones de jueces de control y tribunales de enjuiciamiento,  a pesar de que  la legislación previó de que las autoridades competentes contaran con varios años para capacitarse y hacer lo adecuado para administrar justicia de forma ordenada, esto no se dió, la extinta Secretaría Técnica Consejo de Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal dependiente de la Secretaría de Gobernación, fue creada del  13 de octubre del año 2008 para cumplir el objetivo de capacitar a todos los entes involucrados en el nuevo sistema y finalizando su "encomienda" el pasado 13 de octubre del año 2016. 

La realidad es que en esa época ni los cuerpos de seguridad pública en el país, ni los representantes sociales habían recibido una adecuada capacitación, inclusive en algunas o la mayoría de las entidades federativas, los procesos para elegir a los jueces en el nuevo sistema de corte adversarial,  fueron elegidos de forma inadecuada, esto ha ocasionado muchos problemas, pero es indudable de que jueces, ministerios públicos, defensores, asesores y cuerpos de seguridad siguen preparándose para aportar a la consolidación del sistema adversarial, pero estas consideraciones no fueron tomadas en cuenta por los ministros al emitir este nuevo criterio en la impartición de justicia, inclusive debieron haber tomado en cuenta las deficiencias con las que los representantes sociales -no todos-, integraron las averiguaciones previas, de tal forma que este nuevo criterio no está ajustado a la realidad, inclusive no queda claro en dicho criterio cual es la medición que utilizan del concepto  de vulnerabilidad en las víctimas, pues a la interpretación del autor de estas letras, el concepto de víctima conlleva adicionalmente la vulnerabilidad al sufrir cualquier delito.        

       


domingo, 16 de septiembre de 2018


                                                                 La batalla del Hippy




Roberto  Alejandro Macías Chávez es un Jaliscience  que está atravesando por una situación complicada desde hace 6 años. 

El trabajaba en el Sindicato Unión General de  Trabajadores -UGT- en Andalucía, España y en diciembre del 2012 fue despedido y posteriormente acusado de sustraer la información financiera del sindicato, que destapo los  escándalos de corrupción.

Roberto está casado y tiene dos hijos,  su situación económica es precaria y por si fuera poco la representación diplomática de México en España, le ha negado el apoyo legal con los argumentos de que tiene doble nacionalidad y no está detenido.

La fiscalía  está solicitando ante los tribunales  una pena de cuatro años de cárcel y una multa de sesenta mil euros para Macías Chavez. 

Ante las omisiones y violaciones cometidas  por el Servicio Méxicano Exterior un juez de distrito en materia administrativa otorgo un amparo a Roberto Alejandro para que  le brinden el apoyo legal, mismo que tendrá que cumplimentarse en estos días. 

A Roberto lo conocí cuando eramos estudiantes de Licenciatura y compartíamos ideales de izquierda,  me consta que el  Hippy-como lo conocíamos en la Universidad de Guadalajara- es una persona integra y comprometida  contra la corrupción, es lamentable que el Gobierno Federal,  muestre signos de desinterés  en la protección de nuestros  connacionales.

Como ciudadanos tenemos que organizarnos y levantar la voz, para que los gobiernos en turno cumplan con sus responsabilidades, mucho ánimo Roberto, recibe un Abrazo desde Guadalajara, Jalisco, México.


lunes, 13 de agosto de 2018

En puerta Ley General de Justicia Cívica e Itinerante

El pasado 17 de abril del presente año la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó el dictamen con el que se expide la Ley General de Justicia Cívica e Itinerante.

Esta ley tiene como objetivo homologar en todo el país los criterios, bases y principios que regulan el procedimiento administrativo sancionador y que  deben aplicarse en todos los municipios del país.

Esta ley contempla la justicia alternativa como mecanismo para resolver los conflictos entre vecinos, y la divulgación del dialogo para resolver los problemas cotidianos entre la población.

Se garantiza el derecho de audiencia y defensa del presunto infractor de faltas administrativas, mediante un procedimiento ágil y sencillo, inclusive contempla la grabación del desahogo de las audiencias, para evitar abusos por parte de la autoridad administrativa competente.

También se crea una base de datos única de infractores para que la autoridad conozca de las reincidencias  por parte de los infractores en la comisión de faltas administrativas y  sancionar con más severidad a los transgresores. 

Así mismo,  los congresos locales serán los responsables de elaborar las leyes que regulen los procedimientos de certificación y nombramiento de los Jueces, Secretarios, Defensores de Oficio y Facilitadores de los Juzgados Cívicos.

En cuanto a la justicia itinerante, se contempla llevar mediante unidades móviles, los órganos de impartición de justicia cívica y  servicios gubernamentales de los tres niveles de gobierno a las comunidades alejadas con difícil acceso.

Este dictamen  fue turnado al Senado de la República para su aprobación y si no hay ninguna modificación  al momento de aprobarlo, el ejecutivo federal deberá publicarlo en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor, y a partir de su vigencia los congresos locales contarán con seis meses para hacer crear o modificar las leyes correspondientes.


XXIII Congreso Internacional del CLAD  sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública 
Les comparto de mi participación  de un trabajo de investigación que presenté a los organizadores del XXIII Congreso Internacional del CLAD, y  fue aprobado para su difusión durante la celebración del mismo, en el CUCEA del 6 al 9 de Noviembre. 
Mi investigación pertenece al Área Temática: "Derecho público, Derechos fundamentales y garantías jurídicas como elementos esenciales del Derecho a la buena administración" y  versa sobre el conocimiento ciudadano de  los derechos humanos y el procedimiento administrativo sancionatorio, y la obligación del estado para promoverlos, de acuerdo al artículo primero constitucional, párrafo tercero. Esta investigación la realice en el marco de mis actividades como servidor público en el Gobierno Municipal de Guadalajara.
El Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, es un organismo público internacional, de carácter intergubernamental.Su creación fue respaldada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 2845 - XXVI) con la idea de establecer una entidad regional que tuviera como eje de su actividad la modernización de las administraciones públicas, un factor estratégico en el proceso de desarrollo económico y social.


  

lunes, 22 de mayo de 2017

Sin periodismo libre no hay democracia

La libertad de expresión es parte esencial de la democracia, porque en sentido amplio, significa  que las personas podamos razonar de forma autónoma,  ideas -pensamientos-   e intercambiarlos para generar un proceso deliberativo desde la colectividad.

De  la libertad de  exteriorización de las manifestaciones culturales, científicas, políticas y otras más, depende la grandeza de las sociedades, cuándo está presente la censura, los resultados son contrarios y anti-democráticos. 

La Carta Democrática Interamericana,  en su artículo cuarto, señala como componentes fundamentales del ejercicio democrático, a la libertad de expresión y libertad de prensa, esta última representa el que las sociedades estén plenamente informadas, y por ende se esté garantizando el derecho universal del acceso a la información.

Desgraciadamente en México no podemos hablar de democracia, cuando el informe de violencia contra periodistas y trabajadores de medios, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, señala que del 2006 al 2013, 55 periodistas fueron asesinados. Tan solo en lo que va de la administración del Presidente Peña Nieto han sido asesinados 34 periodistas,  la mayoría de estos asesinatos tienen que ver con las investigaciones periodísticas          en asuntos de            narcotráfico, asuntos ambientales, de  corrupción y malos manejos de recursos públicos y  la mayoría de estos asuntos no han sido resueltos,  no se conocen a los autores intelectuales.

La relatoría especial de la CIDH, en su informe especial sobre la libertad de expresión en México -2010-, señala que la mayor parte de los secuestros, desapariciones y asesinatos de periodistas, sucedieron en entidades federativas con fuerte presencia de la delincuencia organizada. También este informe  concluye que en algunas partes del país, los periodistas son amenazados por parte de grupos armados que tienen vínculos con bandos o grupos  políticos.

En la normatividad relativa a los derechos humanos del sistema interamericano,  los estados tienen la obligación de proteger a las personas expuestas a riesgos específicos con relación a sus derechos fundamentales.

Los estados al conocer  de riesgos reales en un grupo de individuos determinado o una sola persona,  tienen la obligación de aplicar medidas concretas de protección para salvaguardar la integridad de las personas y garantizar el pleno ejercicio de su profesión y actividades. 

Después de las recomendaciones emitidas por relatores especiales de la ONU y la CIDH,  México adopto un convenio en 2010 para la implementación de acciones de prevención y protección a periodistas, pero al no existir los mecanismos  adecuados para poner en marcha  este convenio, prácticamente  fue letra muerta, hasta la promulgación de la Ley Para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

En el informe de junio del 2013 de la Oficina de la Alta Comisionada de derechos Humanos de la ONU, sobre la Ley Para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, identificó problemas administrativos para poder utilizar los recursos económicos de una manera más pronta, así como la inadecuada estructura interna y la falta de personal capacitado e idóneo para el buen desempeño de las funciones en cuestión.

Actualmente, a pesar de los nuevos mecanismos que ha adoptado México para garantizar los derechos humanos, en consonancia con los tratados internacionales que nuestro país ha suscrito,  los retos siguen siendo enormes, lo vemos en la implementación del nuevo sistema acusatorio adversarial, de la Ley General de Victimas, en la justicia alternativa, en fin, sin justicia y sin garantías para el  periodismo libre, es imposible construir  democracia.   






sábado, 16 de julio de 2016

#CienciaConTransparencia

Acceder a los posgrados a veces resulta complicado, sobre todo si forman parte del padrón del Programa Nacional de Posgrados de Calidad del CONACYT. El  proceso de selección dura varios meses y hay que invertir dinero, tiempo y esfuerzo. En teoría los procesos deben de ser transparentes  y garantizar que  los mejores calificados sean los admitidos.

Voy a contar mi experiencia en el concurso de una Maestría de la Universidad de Guadalajara, --CUCSH--   catalogada de Competencia Internacional, omitiré decir el nombre de la maestría toda vez que estoy analizado el  iniciar un procedimiento legal en contra del dictamen de admitidos a dicho programa.

Para poder concursar tuve que cubrir ciertos requisitos  como contar con título de licenciatura,   leer y comprender otro idioma,  y    contar con experiencia en docencia e investigación. Posteriormente el 05 de mayo presenté  el Examen Nacional de Ingreso al Posgrado que aplica el CENEVAL y  el  01 de junio me avisaron mediante correo electrónico que en base a los  resultados que obtuve  en el  examen y a la evaluación de mi expediente la junta académica me había seleccionado para pasar a la segunda etapa que consistía en una entrevista  con académicos del programa de la maestría.  Es importante mencionar que días anteriores al primero de junio llame por teléfono a la maestría para pedir mi resultado del examen, a lo cual ellos me comentaron que lo tenía que pedir al CENEVAL  y cuando hablé a esta institución me comentaron que como era un proceso cerrado, la Universidad de Guadalajara me entregaría el resultado, de hecho me confirmaron que los resultados ya habían sido entregados a la UdG, cuando aclaré el asunto en la universidad me comentaron que solo tenían el resultado general pero no por áreas y que lo tratarían de conseguir para entregarme los resultados completos, esto jamás ocurrió. 

El  08 de junio pasado me entreviste con académicos que cuentan con alto  prestigio, debo de admitir la entrevista por momento fue muy dura en el sentido de los cuestionamientos a mi formación académica y al protocolo de investigación que presente,  para mi   fue una gran experiencia en la que los académicos decidieron otorgarme quince puntos de un total de veinte, nada mal si tomamos en cuenta que los integrantes de la junta académica me otorgaron veinticinco puntos de cuarenta en la evaluación del currículum,  los criterios de esta evaluación no son muy claros, mas adelante me referiré a ello.  

El 14 de junio mediante correo electrónico me avisaron que no había sido admitido, a lo cual les solicite por la misma vía mis resultados obtenidos en las diferentes evaluaciones, nunca recibí respuesta.

Después de varios intentos por tener acceso a mis resultados y al no conseguirlos me vi en la necesidad de solicitar por transparencia mis resultados, así como los criterios de evaluación. Una vez que tuve acceso a la información volví a solicitar información, concretamente, los puntajes de los admitidos en la línea de investigación de la maestría a la que yo hice trámite y el puntaje más bajo que fue admitido en la maestría.

Los criterios de evaluación fueron cuatro, el currículum con un valor máximo de cuarenta puntos,  el protocolo de investigación con un máximo de veinte puntos, el Examen Nacional de Ingreso al Posgrado con un máximo de veinte puntos y la entrevista con un máximo de 20 puntos, estas cuatro evaluaciones suman un máximo de 100 puntos. 

Resulta que el currículum es la evaluación mas importante en términos de cuantía pues  esta puede representar 40 de 100 posibles puntos, de estos puntos, un máximo de 20 se asignan en base a la experiencia en docencia e investigación y/o desempeño profesional, otros diez puntos obedecen a la presentación de conferencias o ponencias, y otros diez puntos en base a la asistencia a conferencias, seminarios y cursos de actualización académica.

En lo que respecta a los puntajes de los admitidos a la maestría en la linea de investigación que yo escogí,  solo dos de las ocho personas admitidas obtuvieron el máximo de cuarenta puntos en la evaluación del currículum, en teoría estas personas deben de contar con mucha experiencia en investigación, en exposición de temas, con cierta preparación académica y constante actualización,  pero hay un contraste que genera dudas, pues  una de las dos personas que saco cuarenta puntos,  saco en total 98.2 puntos de 100, es decir todas sus evaluaciones fueron casi perfectas, posiblemente fue el puntaje más alto de los 29 admitidos en las cinco lineas de investigación,  y en cuanto al otro aspirante admitido que saco perfecto en el currículum apenas superó por encima de la mitad de los puntos las evaluaciones del protocolo de investigación y la entrevista con los académicos, de hecho es el puntaje más bajo de los 29 aspirantes admitidos y ahí es donde surgen los cuestionamientos ¿Una persona que a dado conferencias y/o ponencias  en temas de investigación,  con experiencia en docencia y/o investigación,  con actualizaciones académicas  puede sacar una calificación deficiente  en la evaluación de su proyecto de investigación y en su entrevista  con los académicos?, ¿la medición de los puntos en la evaluación del currículum de todos los aspirantes fue con la misma vara y criterios?  

Por otro lado por medio de las redes sociales me enteré de la publicación de una persona que comunicaba que había sido admitido a esta maestría,   y al parecer este aspirante admitido no tiene  experiencia en investigación o docencia, pero si tiene experiencia en participación de carácter político en la universidad.

Los procesos de selección en los que se utilizan criterios clasistas y antidemocráticos, son contrarios al interés de la doctrina pública,  porque estos tienden a favorecer a grupos que contrariamente pueden tener una misión diferente a los fines de la educación pública, inclusive  resultan violatorios de derechos  consagrados en tratados internacionales que México ha suscrito y que se encuentran en el mismo rango de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Universidad de Guadalajara ha estado viviendo una constante transformación en los últimos 25 años, parte de este proceso ha sido el transparentar el proceso de admisión a las preparatorias y a las licenciaturas al aplicar el  College Board el examen de admisión, no obstante de esto, en los posgrados hay mucho que hacer, sería importante que la universidad analizara si  las juntas académicas de los posgrados operan en algunos casos en la opacidad, sin reglas claras y hasta posiblemente favoreciendo a solicitantes a ingresar a estos programas académicos,  los que queremos a nuestra universidad deseamos que este tipo de prácticas queden erradicadas,  lo más importante es que ingresen los mejores perfiles a los posgrados, esto  es fundamental para que cualquier universidad alcance los mejores resultados.

Desde este espacio de reflexión hago un llamado respetuoso el Rector General de la Universidad de Guadalajara, Maestro Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla,  quien es reconocido como un destacado universitario, progresista,  que ha contribuido a la transformación de nuestra  universidad, a que se eliminen  este tipo de privilegios si es que existen, la sociedad se lo va a agradecer y la universidad va a elevar la calidad de la docencia y la investigación, formando talentos que en un futuro inmediato den gratos resultados a la Universidad de Guadalajara y a la Sociedad Jalisciense.